miércoles, 19 de mayo de 2010

REQUISITOS PARA TRAMITAR TARJETA PROFESIONAL

Al formulario de solicitud de inscripción, deberán anexarse los siguientes documentos, en su orden:



1) Tres(3) fotos tamaño 3x4 a blanco y negro en papel mate o semi-mate según las especificaciones señaladas en el formulario de inscripción.

2) Fotocopia de la cédula de ciudadanía del solicitante de inscripción.


3) Copia al carbón y fotocopia del recibo de consignación del valor de la inscripción profesional, vigente a la fecha de radicación de la solicitud, donde conste el timbre de la caja receptora o, en su defecto, el sello de la entidad financiera correspondiente.


4) Fotocopia del acta de grado expedida por la universidad que otorgó el título.


5) Certificado de experiencia contable, en los términos previstos por el capítulo II de la Resolución 160 del 2004.


6) De acuerdo con la persona que certifica la experiencia técnico- contable:



* Si es empresa privada: Certificado de existencia y representación legal del ente económico, en original, expedido por la cámara de comercio del lugar de su domicilio con fecha inferior a tres(3) meses o certificado expedido por el ente de vigilancia y control competente.


* Cuando se trate de experiencia contable certificada por entidades públicas, aunque no es necesario aportar prueba de su existencia, si lo es, anexar Acta de posesión o Resolución de nombramiento de quien certifica y del solicitante de inscripción ó fotocopia del contrato de este último según sea el caso.


* En el caso de personas naturales comerciantes que certifican la experiencia contable, debe aportarse tanto certificado original de matrícula mercantil como certificado original de inscripción de libros de contabilidad expedidos por la Cámara de Comercio, dentro de los tres(3) meses anteriores a la fecha de radicación de la solicitud.


* Si se trata de sociedades de contadores públicos ó personas jurídicas prestadoras de servicios contables que certifican la experiencia contable, adicionalmente deberá aportarse fotocopia ampliada de la Tarjeta de Registro expedida por la Junta Central de Contadores.



* Si quien certifica es contador público entonces deberá aportarse a demás fotocopia de su tarjeta profesional.



7) Finalmente debe aportarse la prueba de la vinculación del solicitante con la persona que certifica su experiencia, bien sea fotocopia del contrato de trabajo, o documento que haga sus veces y si se trata de contratos verbales los tres últimos desprendibles de pago.


8) Cuando se pretenda acreditar la experiencia contable a través de prácticas empresariales o prácticas técnico contables mediante convenio suscrito entre la institución Universitaria que otorgó el título y entidades públicas, privadas o sociales deberá aportarse adicionalmente:


* Fotocopia del convenio suscrito entre la universidad y la entidad receptora de los servicios.


* Certificación expedida por la universidad en donde se indique, la existencia del convenio que soporta la ejecución de la práctica, el tiempo de dedicación a la misma y la manifestación expresa de que no se constituyo como opción de grado ni como requisito establecido para optar el título de contador público.


* Certificación expedida por la entidad receptora de los servicios en la que se detallen las actividades desarrolladas por el solicitante de inscripción.


9) Cuando el solicitante de inscripción sea extranjero y pretenda acceder a la inscripción como contador Público ante la Junta Central de Contadores deberá aportar adicionalmente:


* Fotocopia ampliada de la cédula de extranjería


* Documento que acredite la homologación del título profesional de Contador público expedido por la entidad competente.


Así mismo deberá tener en cuenta que además de la homologación del título es necesario acreditar la experiencia contable adquirida por un año en territorio colombiano.

Las solicitudes de inscripción en el registro profesional de contadores públicos que cumplan los requisitos establecidos en la resolución reglamentaria, se decidirán por medio de acto administrativo, procediéndose entonces a la inscripción en el registro profesional que lleva la entidad, con anotación del número de acta con que ésta fue aprobada, el nombre completo del contador, su identificación, la universidad que expidió el título y las observaciones que fueren pertinentes. Autorizada la inscripción profesional se dispondrá la expedición de la correspondiente tarjeta profesional, cuyo número será el mismo asignado en la inscripción.

REGISTRO PROFESIONAL DE CONTADORES PÚBLICOS

ARTÍCULO 16°. No se aceptarán como prácticas contables las actividades de investigación que correspondan a trabajos orientados a satisfacer requisitos de grado, como

ARTÍCULO 1º. Para obtener la inscripción en el registro profesional de Contadores Públicos, el solicitante deberá diligenciar en letra imprenta legible, con tinta de color negro el ocurre con las monitorías, tesis y monografías.
formulario que para el efecto suministrará, sin costo alguno, la Junta Central de Contadores, o el que imprima directamente de la página WEB de la entidad: www.jccconta.gov.co.

ARTÍCULO 17°. Las solicitudes de inscripción y expedición de tarjeta profesional de Contador Público de quienes presenten certificados de investigación contable o práctica

ARTÍCULO 2º. Al formulario de solicitud de inscripción deberán anexarse los siguientes documentos, en su orden: técnico-contable o empresarial para acreditar el requisito de experiencia contable, se sujetarán al procedimiento establecido en la presente resolución.

a. Fotocopia ampliada de la cédula de ciudadanía o de extranjería. CAPÍTULO IV
b. Fotocopia autenticada de la visa de residente (si el solicitante de inscripción es extranjero). TRÁMITE DE LAS SOLICITUDES DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO PROFESIONAL DE CONTADORES PÚBLICOS

c. Tres (3) fotografías tamaño cédula (3x4) en blanco y negro en papel mate, de las cuales una debe estar debidamente pegada al formato de solicitud, y las otras dos, depositadas en
un sobre, con indicación al respaldo de nombres, apellidos y número de cédula de ciudadanía del solicitante.
d. Fotocopia legible del acta de grado expedida por la Institución de Educación Superior debidamente autorizada que otorgó el título. ARTÍCULO 18°. Para la inscripción en el registro profesional de Contadores Públicos, la Junta Central de Contadores aplicará el siguiente procedimiento:
e. Certificado de experiencia contable en los términos previstos por el capítulo II de esta Resolución.
f. Certificado de existencia y representación legal vigente del ente económico que certifica la experiencia contable, expedido por la Cámara de Comercio del lugar de su domicilio, o la 1. El solicitante de inscripción debe radicar en la Junta Central de Contadores o cualquiera de las Juntas Seccionales, el formulario correspondiente, acompañado de los documentos
entidad que corresponda de acuerdo a la ley, con fecha de expedición inferior a tres (3) meses. soporte de su solicitud.
2. En los términos previstos por el artículo 11 del Código Contencioso Administrativo, cuando la solicitud de inscripción no se acompañe de los documentos o informaciones
Cuando quien certifique la experiencia contable no ostente la calidad de representante legal, se deberá adjuntar certificado especial de existencia y representación legal expedido por necesarias, en el acto de recibo se indicarán al peticionario los que falten; si insiste en que se radique, se le recibirá la petición, dejando expresa constancia de las advertencias
la Cámara de Comercio respectiva. que le fueron formuladas.
Cuando se trate de experiencia contable certificada por entidades públicas, no se requerirá la prueba de su existencia. 3. Si al estudiar la solicitud se encuentra que no cumple con los requisitos establecidos, la Junta Central de Contadores requerirá al interesado para que los complete.
Tratándose de entidades que por mandato legal no estén obligadas a inscribirse en la Cámara de Comercio, se deberá acompañar a la solicitud de inscripción, certificado de 4. Se entenderá que el peticionario ha desistido de la solicitud si hecho el requerimiento de completar los requisitos, o solicitadas las pruebas documentales que permitan verificar la
existencia y representación legal expedido por el organismo de inspección, vigilancia y control correspondiente. información aportada, no da respuesta en el término de dos (2) meses. En este caso se ordenará el archivo del expediente, sin perjuicio de que el interesado presente
posteriormente solicitud de desarchivo, sujeta al procedimiento establecido en la presente resolución.

PARÁGRAFO. Cuando el solicitante de inscripción sea extranjero domiciliado en Colombia, deberá acompañar fotocopia ampliada de la cédula de extranjería y de la visa de 5. Las solicitudes de inscripción en el registro profesional de Contadores Públicos se decidirán por medio de Resolución que se notificará en los términos previstos en el artículo 44 del
residente, expedidas de conformidad con las normas legales vigentes. A través de tales documentos se debe acreditar domicilio ininterrumpido en Colombia por un término no inferior Código Contencioso Administrativo. Contra esta Resolución proceden los recursos de reposición ante la Junta Central de Contadores y de apelación ante el Ministerio de
a tres (3) años. Educación Nacional, que deberán interponerse dentro de los cinco (5) días siguientes a la fecha de su notificación.
6. Aprobada la solicitud de inscripción por parte de la Junta Central de Contadores, se procederá a la inscripción en el Registro de Contadores Públicos, con anotación del número del

ARTÍCULO 3º. Además de los requisitos establecidos en el artículo segundo de la presente resolución, los solicitantes de inscripción que acompañen el título profesional de acta en la que conste su aprobación, el nombre completo del contador, su identificación y la Institución Universitaria que expide el título.
Contador Público, o de una denominación equivalente, expedido por una institución extranjera de país con el que Colombia haya celebrado convenio sobre reciprocidad de títulos, 7. Efectuado el trámite anterior, se ordenará la elaboración y expedición de la correspondiente tarjeta profesional.
deberá anexar el documento que acredite la homologación correspondiente.

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